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La inteligencia fiscal en las administraciones tributarias modernas

El Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT) define a la actividad de Inteligencia Fiscal (IF) como «el uso sistémico de técnicas especializadas que buscan la producción y salvaguardia de conocimientos, con el propósito de asesorar a la administración tributaria en la planificación y ejecución de sus atribuciones legales, particularmente en el combate de la elusión fiscal, la evasión y los ilícitos aduaneros».

La definición de marras pareciera lucir un tanto anacrónica y limitada. En nuestra opinión, la IF es hoy una nueva función principal en las administraciones tributarias, al igual que la fiscalización y la recaudación (comprendiendo ésta las funciones de padrón y cobranzas) que se caracteriza por ser transversal a todas las áreas, al punto de impregnar con su impronta cada plan, cada programa, cada acción de los organismos recaudadores.

Debemos reconocer, sin embargo, que durante los últimos quince años, muchas administraciones tributarias acotaron este concepto aún más al asociarlo apenas con un mero sector administrativo de selección de casos complejos para fiscalización a partir de simples protocolos de minería de datos en el entrecruzamiento de bases. En esa desfasada concepción, la IF solo sirve (y relativamente) para detectar presuntos evasores y elusores o bien, contribuyentes omisos, y no se permite el agregado de valor a la gestión tributaria.

Como adscribimos a una moderna corriente de opinión que postula que el próximo gran paso de las administraciones tributarias será la utilización de tecnología analítica predictiva como big data, la inteligencia artificial y el machine learning que permitirá conocer de antemano el comportamiento de los contribuyentes y, de esa manera, reducir los riesgos de incumplimiento tributario, entendemos que la IF debería concebirse como «el uso sistémico de técnicas especializadas en la obtención de información, con el fin de asesorar a las administraciones tributarias en la planificación, ejecución y control de sus atribuciones legales, con vistas a reducir o eliminar el incumplimiento tributario del tipo que fuere y a asistir o facilitar el cumplimiento voluntario».

Bajo este amplio prisma, la IF moderna orienta la gestión de la administración tributaria focalizando desde lo general hacia lo particular, debiendo aplicarse no solo en la fiscalización de contribuyentes sino también en la recaudación, previendo su intervención para asistir al cumplimiento, para facilitarlo y simplificarlo de la manera más eficiente, segura y transparente posible y de modo tal que los sistemas de información brinden todos los elementos necesarios para que el proceso decisorio del administrador tributario sea el adecuado.
La IF tendría, entonces, incumbencias en la elección del grupo de contribuyentes a ser fiscalizados y el tipo de auditoría, en el proceso de planificación, la determinación de calendarios de vencimientos, en la habilitación de medios de pago de los tributos, en la utilización de formularios y aplicaciones informáticas de determinación de impuestos, en los trámites de los contribuyentes y sus subproductos, en el análisis del gasto tributario, en la obtención de información gerencial, en las matrices de intervención, en los sistemas de administración de riesgo, en los canales de comunicación internos y externos, etc.

La determinación del perfil de contribuyentes a través de un scoring moderno de IF no solo permite determinar la probabilidad de cumplimiento de sus impuestos, sino que permite prever la fecha de cumplimiento, el medio de pago utilizado, su conducta presente y la futura, la consistencia de su situación fiscal, e incluso muchas más atributos, dependiendo del diseño sistémico del proceso administrativo de captación de los datos con relevancia fiscal.

La IF moderna es, en esencia, una parte de la filosofía institucional de las administraciones tributarias (como su visión, misión, valores y gestión de la transparencia) que, aplicada transversalmente redefine la planificación, la ejecución y el control de funciones y acciones.

Las administraciones tributarias 5.0 trabajan ya sobre basamento smart en lo que será la relación jurídico tributaria entre Estado (sus fiscos) y los contribuyentes.

Diego Andrés Colazo
Contador Público Nacional UNJU
Especialista en Tributación UNSa

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