CPCE Jujuy

El Gobierno prohíbe los despidos y suspensiones por 60 días
1 abril, 2020
Nota presentada por FACPCE al Jefe de Gabinete en el marco de la crisis por COVID-19
2 abril, 2020
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Novedades Impositivas al 01/04/2020

RESOLUCIÓN GENERAL DPR 1557/2020. Suspender los plazos que estuvieren corriendo para abonar el Impuesto de Sellos en aquellos instrumentos sujetos al mismo, cuyo vencimiento operase a partir del 22 de marzo de 2020 y hasta tanto se reanuden los mismos. http://www.rentasjujuy.gob.ar/wp-content/uploads/RG-1557-2020.Suspensi%C3%B3n-plazos.Considera-t%C3%A9rmino.pdf

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 53 HF 2020 (Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia). Dispone excepción de exigir cumplimiento presentación Cédula Fiscal, Constancia de Regularización Fiscal y/o Certificado de Deuda, solo para contribuyentes de actividades previstas en Art. 6° del DNU 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional.

(Se adjunta PDF por no encontrarse disponible en la web)

Por las Actividades no comprendidas deberán solicitarse las correspondientes constancias mediante la página Acceso con Clave Fiscal. https://www.rentasjujuyonline.gob.ar/cedulavirtual/hlogindpr.aspx

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4687. Monotributo. Se suspenden las exclusiones de pleno derecho y las bajas automáticas por falta de pago. Se suspenden hasta el 1/4/2020 las exclusiones de pleno derecho de los monotributistas no realizando hasta dicha fecha los controles sistémicos que se realizan habitualmente a tal fin. Asimismo se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose el mes de marzo como mes a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004687_2020_03_27

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4688. Emisión de notas de crédito y/o débito. Se extiende al 1/5/2020 la entrada en vigencia de las disposiciones que únicamente permiten emitir notas de crédito y/o débito a los sujetos que generaron el comprobante de venta original. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004688_2020_03_27

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4689. Precios de transferencia. Presentación de la declaración jurada complementaria anual. Se prorrogan, hasta los días comprendidos entre el 18 y el 22 de mayo de 2020, las fechas de presentación de las declaraciones juradas de precios de transferencia y operaciones internacionales, para los períodos fiscales cerrados entre el 31/12/2018 y el 30/9/2019, ambos inclusive. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004689_2020_03_30

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4690. Se prorrogan al 29/5/2020 las mejores condiciones en materia de cantidad de cuotas y un menor pago a cuenta al que pueden acceder las mipymes por la moratoria por obligaciones vencidas al 30/11/2019. El acceso para poder acogerse a la moratoria podrá realizarse hasta el 30/6/2020, pero -como estaba previsto originalmente- con una cantidad menor de cuotas en todos los casos y con un pago a cuenta mayor (salvo para el caso de microempresas y entidades civiles sin fines de lucro, a quienes no se les exige pago a cuenta). El vencimiento de la primera cuota se unifica para todos los casos el día 16 de julio de 2020. Se prorroga hasta el 30/6/2020 el plazo para obtener el Certificado Mipyme y para subsanar obligaciones formales con el objeto de liberarse de multas y sanciones. En el caso de refinanciaciones de planes de pago efectuados hasta el 29/5/2020, la primera cuota vence el mes siguiente al de efectuada la refinanciación, y para el resto de los planes que se refinancien, la primera cuota vence en el mes de julio de 2020. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004690_2020_03_30

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