CPCE Jujuy

AFIP: Novedades 28/08
31 agosto, 2020
CUIT personas jurídicas – Presentaciones Digitales
5 septiembre, 2020
AFIP: Novedades 28/08
31 agosto, 2020
CUIT personas jurídicas – Presentaciones Digitales
5 septiembre, 2020

Novedades Impositivas al 02/09/2020

Resolución General (AFIP) N° 4800: Prorroga el plazo para la presentación y pago de las declaraciones juradas y anticipos de Para las entidades cooperativas cuyos cierres de ejercicio hayan operado entre los meses de noviembre 2019 y abril 2020 inclusive, se considerarán cumplidas en término las presentaciones de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante siempre que se efectivicen hasta el día 30 de setiembre inclusive. Adicionalmente, para los citados sujetos, se consideran ingresados en término entre los días 13 al 15 de octubre de 2020 los anticipos del citado gravamen cuyo vencimiento hubiera operado entre los meses de mayo y septiembre 2020.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004800_2020_08_26

· Resolución General (AFIP) N° 4801: Prorroga hasta el 30/9/2020: La modalidad de utilización obligatoria del servicio denominado “Presentaciones Digitales”, para la realización de determinados trámites y gestiones; La eximición para los contribuyentes y responsables de registrar sus datos biométricos ante las dependencias a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito; El blanqueo de clave fiscal por cajeros automáticos con nivel de seguridad 3 y la posibilidad para las personas humanas de acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes de personas jurídicas mediante la utilización del servicio “Presentaciones Digitales”. Al efecto se deberá seleccionar el trámite “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Humanas” o “Vinculación de Clave Fiscal para Personas Jurídicas”.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004801_2020_08_26

· Resolución General (AFIP) N° 4802: Prorroga al 30/9/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente con relación a los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable. Se habilita hasta dicha fecha el acceso al miniplan del impuesto a las ganancias para las personas jurídicas en hasta 3 cuotas y un pago a cuenta. Se extiende al 30/9/2020 el plazo de adhesión al régimen de facilidades de pago para planes caducos.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004802_2020_08_27

· Resolución General (AFIP) N° 4803: Monotributo. Se incorpora la Provincia de Entre Ríos al Sistema Único Tributario.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004803_2020_08_27

· Resolución General (AFIP) N° 4804: Opción de Canje. Establece el procedimiento que deberán observar los titulares de determinados títulos de deuda pública caucionados a favor de la AFIP y que acepten el canje del Gobierno Nacional, informando a la entidad la decisión adoptada y la caución de «Nuevos Títulos».

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004804_2020_08_27

· Resolución General (AFIP) N° 4805: Desde el 28 de agosto hasta el 3 de septiembre, los empleadores puedan inscribirse y solicitar los beneficios del Programa ATP..

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004805_2020_08_27

· Resolución General (AFIP) N° 4806: Extiende hasta el 30/9/2020, inclusive, la suspensión de iniciación de Juicios de Ejecución Fiscal por parte de la AFIP, sin perjuicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios. Por otra parte, hasta la citada fecha quedan suspendidos los embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el “Registro de Empresas Mipymes”, como así también para las que se encuentren caracterizadas en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004806_2020_08_27

· Decreto Acuerdo 1515 HF (Hacienda-Jujuy): Moratoria provincial. Establece por el término de 2 meses prorrogables un régimen excepcional y transitorio para que contribuyentes y responsables puedan regularizar las deudas que mantengan con la Dirección Provincial de Rentas de Jujuy. Incluye Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, Inmobiliarios, Sellos, Tasas Retributivas, Intereses y Multas vencidas o devengadas al 31/07/2020 con reducción de intereses de hasta un 80%.

http://boletinoficial.jujuy.gob.ar/?p=196851

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