CPCE Jujuy

Nota de FACPCE a AFIP – Ref.: Página web
16 diciembre, 2020
“Lineamientos Generales y Bases para una Futura Reforma del Sistema Tributario Argentino” Un aporte federal para un país federal
19 diciembre, 2020
Nota de FACPCE a AFIP – Ref.: Página web
16 diciembre, 2020
“Lineamientos Generales y Bases para una Futura Reforma del Sistema Tributario Argentino” Un aporte federal para un país federal
19 diciembre, 2020

Novedades Impositivas al 16/12/2020

RG AFIP 4876 Crédito a tasa subsidiada y REPRO II. Período devengado noviembre 2020. Oficialización del plazo del 9 de diciembre para tramitar los beneficios.

RG AFIP 4877 Régimen general de retención. Altas de contribuyentes.

Se incorporan contribuyentes a la nómina de agentes de retención que no revisten la calidad de exportadores -Anexo I, RG (AFIP) 2854- y se incorporan contribuyentes a la nómina de agentes de retención que revisten la calidad de exportadores -Anexo II, RG (AFIP) 2854-.

Las presentes modificaciones resultan de aplicación a partir del 1/1/2021.

RG AFIP 4878 Régimen de información de participaciones societarias. Prórroga para su presentación.

Se prorroga al 30/12/2020 el plazo para presentar el régimen de información anual de participaciones societarias y de rentas pasivas correspondiente al año 2019, y en su caso, a los años 2016, 2017 y 2018.

Asimismo se establecen precisiones respecto del concepto de “Beneficiario Final” y la información respecto de la cadena de particiones intermedias en el caso de estructuras jurídicas que participen en forma indirecta en el capital de los sujetos obligados a informar y del “Registro de Entidades Pasivas del Exterior”.

RG AFIP 4879 Régimen de información de fideicomisos financieros y no financieros. Beneficiario final. Plazo especial de información.

AFIP establece que los fideicomisos constituidos en el país y en el exterior deberán identificar al beneficiario final y proporcionar los datos solicitados por la AFIP a través del servicio denominado “AFIP-DGI Fideicomiso-Beneficiarios Finales”. A tal efecto, se considerará beneficiaria final a la persona humana que por cualquier medio ejerza el control directo o indirecto del fideicomiso.

En este sentido, se fija un plazo especial para cumplir con la obligación de suministrar los datos vinculados al “beneficiario final” correspondientes al año 2019, operando el mismo el 29/1/2021.

Por su parte, se prorroga al 30/12/2020 el plazo para la presentación de la información correspondiente al año 2019 que deben presentar los fideicomisos del país y del exterior.

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