CPCE Jujuy

Habilitamos la Inscripción al Programa de Asistencia para el Pago de Salarios de Junio
26 junio, 2020
Novedades AFIP 26/06/2020
27 junio, 2020
Habilitamos la Inscripción al Programa de Asistencia para el Pago de Salarios de Junio
26 junio, 2020
Novedades AFIP 26/06/2020
27 junio, 2020

Novedades Impositivas al 26/06/2020

DECRETO PEN 544/2020 Suspende la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias por rechazo de cheques por falta de fondos.

Se dejan sin efecto, hasta el 31/12/2020, las multas y las inhabilitaciones de las cuentas bancarias por cheques sin fondos.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/DEC_C_000544_2020_06_18

DECRETO PEN 545/2020 Prorroga por 60 días la reducción del Impuesto sobre los Débitos y Créditos bancarios y Contribuciones patronales a establecimientos e instituciones relacionados con la salud.

Prorroga por 60 días, para los períodos devengados junio y julio de 2020, la reducción del 95% de las contribuciones patronales que se destinan al SIPA para los empleadores pertenecientes a los servicios, establecimientos e instituciones relacionadas con la salud.

Por el mismo plazo que las alícuotas del impuesto sobre los débitos y créditos en las transacciones financieras serán del dos con cincuenta centésimos por mil (2,50‰) y del cinco por mil (5‰), para los créditos y débitos en cuenta corriente.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/DEC_C_000545_2020_06_18

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4738. Extiende la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago.

Suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de marzo, abril, mayo y junio/2020 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004738_2020_06_24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4739. Establece un nuevo procedimiento especial y simplificado para que las cooperadoras escolares y hospitalarias y asociaciones de bomberos voluntarios obtengan el certificado de exención del impuesto a las ganancias.

El Certificado deberá solicitarse mediante la web de la AFIP con clave fiscal en la opción ““RÉGIMEN SIMPLIFICADO – Ingresar Solicitud” del servicio “web” “CERTIFICADO DE EXENCIÓN EN EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS” y se otorgará por el plazo de 1 año desde la fecha de otorgamiento.

Se podrá solicitar la renovación del certificado de exención dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles anteriores al vencimiento del certificado vigente Esto resulta de aplicación para las solicitudes que se presenten a partir del 25/6/2020.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004739_2020_06_24

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4740. Se extiende hasta el 31/7/2020 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el “Registro de Empresas Mipymes” como así también para las que se encuentren caracterizadas en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004740_2020_06_25

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4741. Se extiende la suspensión de iniciación de juicios fiscales por parte de la AFIP hasta el 31/7/2020, inclusive, sin perjuicio de los actos procedimentales y procesales destinados a impedir la prescripción de las acciones y poderes del Fisco para determinar y/o exigir el pago de los tributos, multas y accesorios.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004741_2020_06_25

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4742. Se extiende hasta el 31/7/2020 la adhesión al régimen de facilidades de pago para planes cuya caducidad haya operado hasta el 30/4/2020.

La primera cuota de los planes ahora vencerá el día 16 del mes inmediato siguiente a aquel en que se formalice la adhesión, excepto para los planes presentados hasta el 31/5/2020, inclusive, cuyo vencimiento seguirá operando el día 16/7/2020.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004742_2020_06_25

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4743. Se extiende hasta el 18/8/2020 el plazo para que las personas jurídicas contribuyentes y/o responsables del impuesto a las ganancias con cierres de ejercicio en los meses de noviembre de 2019, diciembre de 2019 y enero de 2020 puedan presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor.

http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004743_2020_06_25

ESOLUCION GENERAL DPR Jujuy Nº: 1568/2020 Suspensión de Plazos. Considerar en término la presentación y el pago de las declaraciones juradas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos correspondiente al 5º anticipo del periodo fiscal 2020, realizadas por los contribuyentes locales (SITI y SIR) del régimen general, siempre que se efectúen hasta el día 26 de junio de 2020.

Suspende los plazos que estuvieren corriendo desde el 17 de junio y hasta el 26 de junio inclusive de:

  • Impuesto de Sellos.
  • Intereses resarcitorios y multas dispuestas por el artículo 55° del Código Fiscal.
  • Cumplir requerimientos, presentar descargos y/o contestar vistas en los procesos de Determinación de Oficio iniciados.
http://www.rentasjujuy.gob.ar/wp-content/uploads/RG-SUSPENSI%C3%93N-DE-PLAZOS-17-06-2020.pdf

RECORDATORIO

Convenio Multilateral.

Declaración jurada anual CM05 del período fiscal 2019. En caso de no existir una nueva prórroga, el 30/6/2020 opera el vencimiento para la presentación de la declaración jurada anual CM05 del impuesto sobre los ingresos brutos de los sujetos comprendidos en el Convenio Multilateral correspondiente al período fiscal 2019. (El mismo fue prorrogado por la  por Resolución CPCM 15/2020).

Print Friendly, PDF & Email
Compartí esta publicación