AFIP Nota de Respuesta a FAPCE S/ RG (AFIP) 4816 – Art.59
18 noviembre, 2020Informe Económico – Octubre 2020
20 noviembre, 2020PRINCIPALES CUESTIONES DE EXPOSICIÓN A TENER EN CUENTA. ENTES COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS
PRINCIPALES CUESTIONES DE EXPOSICIÓN A TENER EN CUENTA.
ENTES COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS
Carátula
· Denominación del Ente
· Domicilio Legal
· Formal Legal y Duración
· Identificación de registro en el organismo de control
· Identificación de la fecha de cierre y del período comprendido por los estados contables
· Mención de Período Irregular
· Identificación de la moneda de cierre en la que se expresan los estados
· Integración del grupo económico, en su caso. En caso de sociedad controlante, la nómina con domicilio de las sociedades integrantes del grupo.
· En caso de sociedad controlada, la denominación con domicilio de su controlante. Cambios en la composición de los entes que lo conforman o de aquellos cuyos estados se consolidan.
· Capital del ente: Monto y composición. Cantidad y característica de las acciones
· Actividad principal del ente o de entidades en que ejerce el control o influencia significativa y de los negocios conjuntos en los que participa
· Disposiciones legales o contractuales fundamentales para el funcionamiento
Estado de Situación Patrimonial
· Incluir Capítulos: Activo; Pasivo; Participación de Terceros sobre el Patrimonio de Sociedades Controladas y Patrimonio Neto.
· Distinguir los siguientes rubros del Activo: Caja y Bancos; Inversiones; Créditos
(separado entre los créditos por ventas correspondientes a las actividades
habituales y los otros créditos); Bienes de Cambio; Bienes de Uso; Activos
Intangibles; Otros Activos y Llave de Negocio.
· Dentro del Pasivo diferenciar las deudas (y dentro de ella los saldo por impuestos diferidos) de las previsiones
· El Patrimonio Neto se expone en una línea y se referencia al Estado de Evolución del Patrimonio Neto
· Se deben clasificar en corrientes y no corrientes. Dentro de los activos en función decreciente de liquidez y en Pasivos en función de su exigibilidad y vencimiento, exponiendo primero las obligaciones ciertas y luego las contingentes
Estado de Resultados
· Mostrar por separado las operaciones que continúan de las discontinuadas o en discontinuación
· Clasificados en: Resultados Ordinarios dentro de ello se debe distinguir:
o Ventas Netas de bienes y servicios
o Costo de los bienes vendidos y servicios prestados
o Resultado Bruto sobre Ventas (excepto cuando se utilice RT 41 para E.PEQ)
o Resultado por valuación de bienes de cambio a su V.N.R.
o Gastos de comercialización
o Gastos de Administración
o Otros Gastos
o Resultados de Inversiones en Entes relacionados
o Depreciación de la llave de negocio en los estados contables consolidados
o Resultado financieros y de tenencia (incluyendo el RECPAM)
o Otros Ingresos y Egresos
o Impuesto a las Ganancias
o Participación minoritaria sobre resultados
o Resultados
· Extraordinarios (discriminados igual que ordinarios detallando las partidas o en un solo renglón discriminando en notas)
Estado de Evolución del Patrimonio Neto
· Clasificadas en Aporte de los Propietarios y Resultados Acumulados.
· Integran los Aportes de los Propietarios:
o Capital Suscripto (discriminado el valor nominal de su ajuste por R.T.6)
o Aportes Irrevocables y Prima de Emisión
· Integran los Resultados Acumulados:
o Ganancias Reservadas
o Resultados Diferidos
o Resultados no Asignados
· Para cada rubro del Patrimonio Neto se debe indicar el saldo inicial, las variaciones del período, y el saldo final
Estado de Flujo de Efectivo
· Exponer la variación neta acaecida en el efectivo y sus equivalente
· Informar las causas de variación del efectivo para las actividades:
o Operativas
o De inversión
o De financiación
· Se puede exponer por el método indirecto las provenientes de las actividades operativas solamente
· Los flujos ocasionados por partidas extraordinarias se deben atribuir a las actividades según corresponda o exponerse por separado.
Información Complementaria
Notas y Anexos a los EECC: varía según criterio del ente, del grado de detalle que desee exponer y de las obligaciones que le impongan los organismos de contralor.
· Nota de Bases de Preparación: Verificar la correcta mención de las resoluciones técnicas de:
o Reconocimiento y Medición
o Exposición
o Nota de Unidad de medida o Consideraciones sobre los efectos de la inflación:
· Controlar la nota según aplicación de la sección 3.1 de la RT 17 modificada por la RT 39, o de la sección 2.6 de la RT 41. Si se trata de ejercicios que corresponde AxI, ver modelos en la página web, Recordatorio
· Nota de Criterios de Reconocimiento y Medición aplicados a los principales rubros: se trata de una nota básica que debe incluirse siempre, más aún si dice aplicarse RT 41 atento a la variedad de alternativas de criterios de valuación a aplicar para cada rubro.
· Notas de Detalle de los distintos rubros de los EECC y su evolución: el mayor o menor grado de detalle depende del criterio o voluntad del ente. Se debe controlar que las notas referenciadas en los distintos rubros de los estados estén incluidas y los totales coincidan.
· Anexos a los EECC: la cantidad de anexos incluidos dependen del criterio del ente o a obligaciones de los organismos de contralor. Deben controlarse los que se incluyan, referencias, totales y detalle.
· Ajuste por Inflación: si el ejercicio bajo análisis corresponde a un período en el que debe efectuarse AxI, verificar que se informe en notas tal situación y que toda la información complementaria, notas y anexos estén expresadas en moneda homogénea de fecha de cierre, incluida la información comparativa, que debe ser la AxI del ej. ant. e incluir el ajuste de Pta. a Pta. para llevarla a moneda de cierre del ej. actual).
Informe del Auditor
· Título del Informe: Debe ser “Informe del/ de los Auditor/es Independiente/s”
· Identificación del Comitente y/o destinatarios del informe: Se debe controlar que el nombre o denominación indicada en el informe coincida con la indicada en los EECC.
· Domicilio: Debe ser el legal y en la Pcia. de Jujuy, y coincidir con el declarado en carátula de los EECC.
· Numero de CUIT
· Identificación de los EECC – Introducción: Inicia con la frase “He auditado…” para Opinión Favorable, con Salvedad o Adversa, y “He sido contratado para auditar…” para cuando es Abstención de Opinión; debe señalarse el período a que corresponden y enumerarse los Estados Básicos presentadosadjuntos: ESP, ER, EEPN, EFE, nota y anexos. Estos últimos deben coincidir con los incluidos en los EECC. En este pto. verificar si dice auditar:
o Solo el ejercicio actual (esquema de Cifras Correspondientes –
o O dice auditar el ejercicio actual y el anterior también (esquema de Estados Comparativos –
o Si aplica Cifras Correspondientes la inclusión del segundo párrafo que hace mención a las cifras y otra información correspondiente, debe ser siempre del ejercicio anterior
· Responsabilidad de la Dirección: es un párrafo estándar, describe la responsabilidad de la confección de los EECC y por lo general hace mención que se elaboraron según Normas Contables
· Profesionales Argentinas (NCPA) vigentes. Esta mención cambia cuando se emiten EECC con otro marco de información distinto al de la NCPA (marco de cumplimiento),
· Responsabilidad del Auditor: se describe el alcance del trabajo de auditoría, verificar que la normativa mencionada sea correcta, RT 37. Se adapta según sea el caso para cuando se emite Opinión favorable, con salvedad y adversa, o se abstiene de opinar.
· Opinión: revisar que la fórmula utilizada sea correcta. Debe hacer referencia a NCPA vigentes. La formula cambia según sea un marco de razonabilidad o de cumplimiento
· Opiniones modificadas o distintas a la favorable: En todos los casos se exige un párrafo previo de “Fundamentos de la opinión modificada” donde se expliquen los motivos de la misma. Y cambia el título del párrafo de opinión.
· Párrafos de Énfasis y de Otras Cuestiones: Son optativos y a criterio de auditor, si se incluyen NO deben pretender modificar la opinión.
o Si es de Énfasis se debe controlar que se haga mención a información que está contenida en los EECC, en notas o anexos.
o Los de Otras Cuestiones son para informar cualquier otra cuestión que el auditor estime necesario.
· Información especial sobre otros requerimientos legales y reglamentarios:
· Mención a que los EECC auditados surgen de registros contables que han sido llevados de conformidad con los requisitos formales exigidos por normas legales y técnicas. Puede también incluirse alguna mención respecto del estado de los libros contables.
· Deuda Previsional, debe informar devengadas totales y la porción exigible a la fecha de cierre (Art. 17, Ley 17.250).
· En caso de tratarse de una Sociedad Anónima indicar información respecto de la Sindicatura.
· En caso de encuadrar el auditor como Sujeto Obligado (según Resol. No 65/11 de la UIF) debe agregar párrafo correspondiente a haber aplicado procedimientos de prevención de lavado de activo y financiamiento del terrorismo según Resol. 420/11 de la FACPCE, “He/mos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo……»
· Lugar y fecha de emisión, la fecha ser posterior al cierre y coincidir con la referencia efectuada al pie de los EECC.
· Firma y sello del auditor: verificar que esté firmado, la/s firma/s coincida/n con la/s registrada/s y el sello aclaratorio