CPCE Jujuy

AFIP: Novedades 26/11
1 diciembre, 2021
Nota Presentada AFIP: Requerimiento de información a un Contador certificante de Estados Contables
2 diciembre, 2021
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1 diciembre, 2021
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Novedades Impositivas al 01/12/2021

RG AFIP N° 5101/2021 Reglamentación de la ley de alivio fiscal y moratoria 2021.

AFIP reglamenta la ley de alivio fiscal para fortalecer la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19 –Ley 27653.

Beneficios:

* Condonación de deudas: Se establecen los requisitos para acceder a la condonación de deudas. La citada condonación es aplicable a deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social liquidas y exigibles vencidas al 31/8/2021.

Entre las obligaciones excluidas del presente beneficio se destacan:

– Aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y cuotas de ART y

– Retenciones y percepciones practicadas y no ingresadas.

– El impuesto sobre los débitos y créditos en las transacciones financieras

– El impuesto País

Los sujetos alcanzados podrán realizar la solicitud del beneficio desde el 20/12/2021 hasta el 2/3/2022, inclusive, a través del servicio denominado “Condonación de Deudas – Título I – Ley 27.653”, disponible en el sitio web de AFIP.

En el caso de los monotributistas que se hayan adherido al régimen de regularización de deudas para pequeños contribuyentes dispuesto por el programa de fortalecimiento y alivio fiscal para pequeños contribuyentes –L.27639-, a fin de gozar del beneficio de condonación deudas, podrán solicitar hasta el 16/2/2022, inclusive, la anulación de los planes de facilidades de pago.

Los pagos efectuados en conceptos de cuotas podrán ser reimputados a la cancelación de otras obligaciones.

* Moratoria fiscal: Se instrumenta la ampliación de la moratoria –L. 27541- para permitir la regularización de obligaciones vencidas al 31/8/2021 en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de financiamiento de 1,5% al 3%, que dependerá del tipo de contribuyente y la obligación a ingresar en el plan de facilidades de pago.

La adhesión al plan de regularización estará habilitada entre el 29/11/2021 y el 15/3/2022.

La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes.

* Rehabilitación de Moratorias caducas: La rehabilitación de planes caducos al 31/8/2021 formulados en el marco de la moratoria aprobada por la ley de solidaridad social y reactivación productiva podrán rehabilitarse en forma extraordinaria hasta el 15/3/2022 a través de la transacción “Rehabilitación de Moratorias Caducas” dentro de “Mis Facilidades”.

La primera cuota del plan rehabilitado vencerá el día 16 del mes inmediato siguiente al de haber realizado la rehabilitación.

* Beneficio para contribuyentes cumplidores: Se reglamenta los beneficios para contribuyentes cumplidores que podrán tramitarse desde el 30/12/2021 hasta el 15/3/2022.

Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

Para el resto de personas humanas y sucesiones indivisas se establece una deducción, por un período fiscal, de las ganancias netas de un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible, que será aplicado en la declaración jurada correspondiente al año fiscal 2021.

Las micro y pequeñas empresas podrán realizar amortizaciones aceleradas por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 11/11/2021 y el 31/12/2022.

* Suspensión de medidas cautelares y ejecuciones fiscales hasta el 31/12/2021: Se extiende hasta el 31/12/2021 la suspensión de las ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares para las micro y pequeñas empresas y para aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005101_2021_11_18

RG AFIP N° 5105/2021 Utilización excepcional del servicio Presentaciones Digitales y eximición de registrar los datos biométricos.

Se extiende hasta el 31/12/2021 la utilización excepcional obligatoria del servicio denominado “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones, y la eximición de registrar datos biométricos ante las dependencias por parte de los contribuyentes, a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005105_2021_11_25

RG AFIP N° 5106/2021 Prórroga de los mayores beneficios en los planes de facilidades de pago permanentes.

AFIP prorroga al 31/1/2022 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable.

Asimismo, para los sujetos que desarrollen actividades afectadas en forma crítica, no será tenido en cuenta el tope (monto máximo de las cuotas que tiene relación con el promedio de ingresos del contribuyente de los últimos 12 meses). http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005106_2021_11_25

RG AFIP N° 5107/2021 Programa “Operador Económico Autorizado” (OEA).

Se establece el marco regulatorio del programa “Operador Económico Autorizado” (OEA), por el cual los/las operadores/as que se adhieran (entre otros: importadores/as – exportadores/as; despachantes de aduana y agentes de transporte aduanero) podrán acceder a importantes beneficios que les permitirán optimizar la gestión de sus operaciones de comercio exterior.

Se señala que la solicitud de ingreso al mencionado programa es voluntaria y gratuita. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005107_2021_11_25

RG AFIP N° 5108/2021 Monotributo: extensión de la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago.

Se extiende al 3/1/2022 la suspensión de las bajas de oficio, no realizándose hasta dicha fecha los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin.

Asimismo, se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose el mes de diciembre de 2021 como mes a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005108_2021_11_25

RG AFIP N° 5109/2021 Se extiende el plazo para adherir al Miniplan del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales sin considerar el SIPER.

Se extiende al 31/1/2022 el plazo para que los contribuyentes puedan solicitar la adhesión al plan para regularizar obligaciones de los impuestos a las ganancias y bienes personales sin que se tenga en cuenta la categoría del SIPER -Mini Plan, RG (AFIP) 4959-. El beneficio mencionado solo alcanzará a los contribuyentes que estén incluidos en las categorías A, B, C o D del SIPER. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005109_2021_11_26

RG AFIP N° 5111/2021 Billeteras electrónicas: inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales y adecuaciones al régimen de retención de IVA y ganancias.

Con motivo de las nuevas definiciones y procedimientos que regulan las transferencias y plataformas de Pagos Móviles respecto de Proveedores de Servicios de Pago y del Sistema Nacional de Pagos, y la equiparación que sobre el tratamiento fiscal corresponde aplicar a los Prestadores de Servicios de Pago y a las Entidades Financieras- regidas por la Ley 21.526, se adecúan las normas reglamentarias para incorporar dicho tratamiento. Se definen los roles, responsabilidades y controles que ejercen los distintos participantes de los esquemas de pago de transferencias electrónicas de fondos -comprendidas en la Com. (BCRA) “A” 7153 con relación a las retenciones de IVA y de Ganancias. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005111_2021_11_26

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