ÍNDICE RT 6 – MARZO DE 2024
13 abril, 2024REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE SECTOR AGROPECUARIO
15 abril, 2024PROYECTO: CAMBIOS EN MONOTRIBUTO Y GANANCIAS, MORATORIA Y BLANQUEO
Finalmente el gobierno dio a conocer un Nuevo MEDIDAS FISCALES PALIATIVAS Y RELEVANTES donde se establecen cambios en el régimen de monotributo, ganancias, bienes personales y también un nuevo régimen de blanqueo que incluye un amplia moratoria.
Se trata de un proyecto de 101 artículos que incluyen modificaciones sobre Bienes Personales, la restitución del impuesto a las Ganancias y la inclusión del Régimen de Regularización de Activos.
Es el blanqueo de capitales que se extenderá hasta el 30 de abril de 2025, con la posibilidad del PEN de prorrogar dicho plazo hasta el 31 de julio de 2025, inclusive.
En su artículo 19°, el proyecto establece que los sujetos no residentes en el país podrán adherir al Régimen de Regularización de Activos por sus bienes ubicados en Argentina o por las rentas que hubieran obtenido de fuente argentina, excepto moneda nacional o extranjera en efectivo. Este último punto referido al efectivo, se sumó a instancias de la oposición.
El proyecto establece una moratoria, denominada Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social. Podrán acogerse al mismo aquellos contribuyentes y responsables de obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social, por las obligaciones vencidas al 31 de marzo de 2024, inclusive, y por las infracciones cometidas hasta dicha fecha relacionadas o no con aquellas obligaciones.
El acogimiento podrá formularse desde la fecha de entrada en vigencia de la reglamentación que dicte la Administración Federal de Ingresos Públicos y hasta transcurrido 150 días corridos desde aquella fecha, inclusive.
Las personas humanas (excepto las que califiquen como pequeños contribuyentes) ingresarán un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta 60 cuotas mensuales, fijándose un interés de financiación calculado en base a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina para descuentos comerciales que la reglamentación especificará.
Las Micro y Pequeñas Empresas y las entidades sin fines de lucro ingresarán un pago a cuenta equivalente al 15% de la deuda y, por el saldo de deuda resultante, hasta 84 cuotas mensuales, fijándose un interés de financiación calculado en base a la tasa fijada por el Banco de la Nación Argentina para descuentos comerciales que la reglamentación especificará.
Al explicar la restitución del gravamen eliminado el año pasado a instancias del ministro/candidato Sergio Massa, el proyecto resalta que tiene por finalidad “reestablecer el equilibrio dentro del esquema de la Ley del Impuesto a las Ganancias, incorporando dentro del impuesto a los ingresos a aquellos sujetos que evidencian una capacidad contributiva suficiente para ser alcanzados por el tributo, respetando la progresividad que es el principio rector de dicha norma”.
El gravamen es denominado aquí como “impuesto a los ingresos” y establece los mínimos no imponibles citados en $1.800.000 para solteros y $2.200.000 para casados, actualizables de manera anual según el Índice de Precios al Consumidor.
- Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social
- Régimen de Regularización de Activos.
- Impuesto sobre los Bienes Personales
- Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas
- Impuesto a las Ganancias
- Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
- Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor
- Otras Medidas Fiscales