Informe de Coyuntura – Noviembre 2019
9 noviembre, 2019Novedades impositivas al 13/11/2019
13 noviembre, 2019Expertos piden que se respete el principio de correspondencia fiscal
n Argentina y desde hace muchos años, se plantea en diversos ámbitos la necesidad de contar con una nueva ley de coparticipación federal de impuestos.
Ello así porque el actual y laberintico esquema de distribución de recursos entre la Nación y el conjunto de provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la Ley 23.548 pareciera no ser apto, equitativo, transparente o eficiente para la función fundamental por la que fue concebido.
En efecto, se trata de un régimen que nació con el carácter de transitorio (como muchos tributos en este país) y que, con diversas modificaciones plasmadas en 156 normas (leyes, decretos, decisiones administrativas, resoluciones, entre otras) se mantiene desde 1988 al día de hoy.
El Consenso Fiscal suscripto en noviembre de 2017, última gran expresión de federalismo en esta materia, advirtió tangencialmente la necesidad de una nueva Ley de Coparticipación Federal de Impuestos a la hora de prorrogar la vigencia del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios, pero no hizo mucho más que eso.
En este escenario de cuestionamientos recurrentes al mecanismo de distribución de recursos, hoy parecieran surgir voces que piden considerar la aplicación del principio de correspondencia fiscal como nueva regla de federalismo y responsabilidad fiscal.
El principio de correspondencia fiscal plantea que cada uno de los niveles de gobierno sea quien recaude sus propios recursos para afrontar los gastos que demanda la ejecución de sus propios presupuestos.
Hoy, se observan fuertes desequilibrios y asimetrías en la asignación de las potestades tributarias y la responsabilidad de los gastos entre los gobiernos de cada nivel: por un lado los recursos se centralizan en el gobierno nacional y por otro, los gastos se descentralizan en los gobiernos subnacionales (provincias y municipios).
El desbalance entre recursos y gastos es compensado habitualmente por transferencias discrecionales del Gobierno Nacional hacia las provincias (y luego de éstas hacia los municipios) lo que resulta contraproducente para los actores.
Este panorama actual propicia condiciones nocivas desde el punto de vista fiscal para provincias y municipios:
a) Incrementa aún más la dependencia de los recursos de origen nacional.
b) Resta margen de maniobra a la política fiscal subnacional y premia a los lobbys.
c) Desincentiva la recaudación y fiscalización tributarias propias, aumentando la evasión.
d) Incrementa el nivel de gasto público y provoca irresponsabilidad fiscal.
e) Daña la noción de ciudadanía fiscal, el control ciudadano y resta transparencia a la gestión de gobierno.
Desde el punto de las finanzas públicas, la correspondencia fiscal es una herramienta eficiente por las siguientes tres cuestiones:
1. La jurisdicción que recibe los beneficios debe cargar con los costos.
2. La responsabilidad de gastar coincide con la responsabilidad de recaudar.
3. La responsabilidad del financiamiento coincide con la responsabilidad política.
Claro que la aplicación de la correspondencia fiscal es un tema sumamente complejo porque supone una reingeniería del sistema tributario y del gasto público. Y más si las provincias quisieran recuperar fuentes delegadas porque se debería reformar la Constitución Nacional.
Además, durante un primer momento la correspondencia fiscal daría lugar a ganadores y perdedores por lo que sin la intervención del gobierno nacional probablemente muchas provincias estarían en bancarrota mientras otras incrementarían notoriamente su desarrollo. En un país tan desigual y asimétrico, la disciplina fiscal por sí sola no puede ser una solución sino una herramienta más.
La realidad es que el federalismo fiscal argentino hoy es inviable en estos términos. Es necesario reformularlo pero no para administrar las crisis que provocan los fuertes déficits subnacionales sino para resolver asimetrías de la manera más justa y armónica en pos de un desarrollo integral del proyecto de país.
Diego Andrés Colazo
Contador Público Nacional UNJU
Especialista en Tributación UNSa