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AFIP: Novedades 25/09
29 septiembre, 2020
Informe de Coyuntura – Septiembre 2020
30 septiembre, 2020
AFIP: Novedades 25/09
29 septiembre, 2020
Informe de Coyuntura – Septiembre 2020
30 septiembre, 2020

Novedades Impositivas 30/09/2020

Resolución General (AFIP) N° 4820: Domicilio fiscal electrónico. Se amplía su obligatoriedad a poblaciones menores a 1.000 habitantes. AFIP establece que todos aquellos contribuyentes que se encuentren en localidades cuya población resulte inferior a 1.000 habitantes quedan obligados, a partir del 25/9/2020, a constituir el domicilio fiscal electrónico. Quedan exceptuados los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004820_2020_09_24

· Resolución General (AFIP) N° 4821: Se habilita el pago por transferencia electrónica de fondos para el ingreso de los aranceles correspondientes al diligenciamiento de oficios y aranceles aduaneros. AFIP establece que el ingreso del arancel no tributario correspondiente al diligenciamiento de oficios como así también de los aranceles aduaneros podrá realizarse por transferencia electrónica de fondos, mediante la confección de un VEP.

· Recordamos que la AFIP dispone el pago de aranceles o ingreso de conceptos no tributarios que deben realizar los contribuyentes, responsables y demás sujetos que efectúen determinados trámites ante el Organismo, entre los que se encuentra comprendido el correspondiente a la tramitación y contestación de oficios y solicitudes de informes realizadas por terceros. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004821_2020_09_25

· Resolución General (AFIP) N° 4822: Se prorroga la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente para acceder a mayores beneficios en los planes. prorroga al 31/10/2020 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004822_2020_09_25

· Resolución General (AFIP) N° 4823: Se extiende durante octubre la utilización excepcional de la modalidad de Presentaciones Digitales, la eximición de registración de datos biométricos, el blanqueo de clave fiscal por cajeros automáticos y la posibilidad para las personas humanas de acreditar su carácter de apoderados de personas humanas o representantes de personas jurídicas. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004823_2020_09_25

· Resolución General (AFIP) N° 4824: Programa de asistencia al trabajo (ATP): inscripción entre el 28/9 y el 2/10, inclusive. AFIP oficializó la habilitación del servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” desde el 28 de setiembre hasta el 2 de octubre, ambas fechas inclusive, para que los empleadores puedan inscribirse y solicitar los beneficios del Programa ATP. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004824_2020_09_27

· Resolución General (AFIP) N° 4825: Se extiende al mes de setiembre de 2020 la suspensión de la baja de oficio y las bajas automáticas por falta de pago. AFIP extiende la suspensión de las bajas de oficio, no realizándose para el mes de setiembre de 2020 los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin. Asimismo, se suspenden las bajas por falta de pago, no computándose el mes de setiembre de 2020 para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.

· Resolución General (AFIP) N° 4826: Garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscales. Se extienden los plazos para el pago de derechos de exportación con plazo de espera para las pymes. Se prorroga hasta el 31/10/2020, para aquellos exportadores que se encuentren inscriptos en el Registro MiPyMEs -L. 24467-, la posibilidad de continuar utilizando la modalidad de garantía “Declaración jurada del exportador” -establecida en el ap. II del Anexo II de la RG (AFIP) 3885-, aunque presenten incumplimientos de sus obligaciones impositivas y/o de la seguridad social ante la AFIP.

 

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