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Atención AFIP con modalidad presentación digital

Resolución General  AFIP N° 4685 presentaciones digitales

¿Qué es Presentaciones Digitales?

Jujuy al día® –  Es un servicio con clave fiscal para realizar presentaciones y/o comunicaciones escritas de manera digital y con carácter de declaración jurada, sin necesidad de concurrir a una dependencia. Para utilizar el servicio tenés que tener:

  • CUIT, CUIL o CDI
  • Clave fiscal con nivel de seguridad 2 o superior
  • Domicilio Fiscal Electrónico
  • Si olvidaste tu clave fiscal, ingresá a ¿Cómo recupero la clave fiscal?
  • Si no tenés constituido el domicilio fiscal electrónico, ingresá a ¿Cómo me adhiero al domicilio fiscal electrónico?

¿Qué beneficios tiene el servicio?

Además de ser cómodo, seguro y fácil, te contamos todo lo que podés hacer con el nuevo servicio:

Presentar digitalmente un trámite nuevo o complementar la información de una presentación anterior.

Visualizar en qué estado está tu presentación:

Borrador: significa que no realizaste el envío de la presentación.

Asociada a principal: significa que la presentación está complementando un trámite principal ya presentado.

Enviada: significa que ya enviaste la presentación. En este caso, el sistema emitirá un número de solicitud para el seguimiento del trámite.

En curso: significa que tu presentación digital fue enviada y recibida. La respuesta la recibirás en tu Domicilio Fiscal Electrónico.

Finalizada: significa que la presentación digital está resuelta con resultado denegada, gestionada, desistida, rechazada o archivada, según corresponda.

Puesta a disposición de otros sistemas.

Cancelar, guardar y enviar la presentación realizada.

Eliminar la presentación cuando su estado es «Borrador».

Desistir la solicitud realizada, siempre que no esté finalizada o rechazada.

Imprimir una copia de la presentación y/o comunicación.

Adjuntar hasta 10 archivos, con un máximo de 2 MB cada uno en formato pdf, doc, docx, jpg, jpeg, png, bmp, gif. Si el tamaño es mayor, tenés que acercarte a la dependencia para solicitar que adjunten la información a tu presentación.

¿Qué trámites puedo realizar digitalmente?

Hasta el 30 de junio de 2020, inclusive, es obligatorio utilizar el servicio presentaciones digitales para los siguientes trámites:

·         Alta retroactiva de impuestos

·         Baja retroactiva de impuestos o regímenes

·         Beneficio detracción anticipada

·         Bonos fiscales – utilización de imputación en exceso de anticipos

·         Cambio de domicilio fiscal – Personas humanas

·         Cambio fecha de cierre de ejercicio

·         Cancelación de inscripción por fallecimiento (*)

·         Capacidad Económica Financiera – CEF – Disconformidad

·         Carga de fecha de jubilación

·         Certificado de capacidad económica – Persona con discapacidad (*)

·         Certificado de exclusión de retención de IVA – RG N° 2.226

·         Certificado de exención impuesto a las ganancias- RG N° 2.681

·         Certificado de libre deuda previsional – Ley N° 13.899

·         Certificado de no de retención de impuesto a las ganancias – RG N° 830

·         Certificado de no retención Reg. Nac. De Seguridad Social – Disconformidad

·         Certificado de residencia fiscal (*)

·         Certificado de ventajas impositivas – RG N° 2.440

·         Consultas no vinculantes – Art. 12 Decreto N° 1.397/79

·         Consultas vinculantes – RG N° 4.497

·         Controlador fiscal – Baja y/o recambio de memoria

·         Detracción para empleadores concesionarios de servicios públicos

·         Devolución de saldos de libre disponibilidad – RG N° 2.224

·         Ejecuciones fiscales – Dación de pago de embargos

·         Ejecuciones Fiscales – Plan de pago de Honorarios

·         Ejecuciones fiscales – presentaciones y comunicaciones varias

·         Empadronamiento de imprentas

·         Facturas M – Disconformidad

·         Impugnación – RG N° 79

·         Modificación de capacidad productiva (*)

·         Modificación de nombre, apellido y/o género

·         Modificación del Estado Administrativo de la CUIT – Modalidad de reactivación presencial

·         Planes de pago. Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras

·         Presentación de escritos recursivos. Art. 74, D.R 1397/79 (*)

·         Presentación F. 408 – Allanamiento o desistimiento

·         Procesamiento o anulación de compensación

·         Profesionales – Atención consultas

·         Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna

·         Readecuación de nómina. Formulario 885/A (*)

·         Recupero de IVA exportación

·         Registración de contratos – RG N° 2596

·         Registro de beneficios ICREDED – RG N° 3.900

·         Registro fiscal de operadores de granos (*)

·         Reorganización de sociedades (*)

·         Reimputación de pagos – Formulario 399

·         Sistema registral – Registros especiales

·         Solicitud de no retención Impuesto a las Transferencia de Inmuebles

·         Solicitud convalidación de saldos – RG N° 3.093

·         Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia – RG N° 1.466

·         Transferencia de importes convalidados – RG N° 1.466

·         Utilización de importes transferidos – RG N° 1.466

·         Zona de emergencia – Acreditación

·         Plan moratoria -entidades sin fines de lucro-

·         Caracterización asociación de cuits

·         Monotributo-modificación de una categoría a una inferior a la actual.

(*) Una vez recibida la presentación, te informaremos los requisitos para tu caso en particular.

Las presentaciones digitales enviadas deben cumplir con los requisitos y condiciones que se especifican para cada trámite. Caso contrario, recibirás una comunicación de rechazo en el Domicilio Fiscal Electrónico (DFE) indicando los motivos para que puedas subsanarlos y volver a presentarla.

También te avisaremos por DFE cuando sea necesario que te acerques personalmente a la dependencia para aclarar o exhibir los originales de la documentación presentada digitalmente. La falta de concurrencia en la fecha y hora acordada dará lugar al archivo del trámite por razones de incumplimiento.

Para las presentaciones y/o comunicaciones electrónicas que se efectúen en un día feriado o inhábil e impliquen el inicio de un plazo para algún trámite, este comenzará a contarse a partir del primer día hábil siguiente.

OBSERVACIONES: además está plenamente vigente el sistema online de OBTENCION DE CUIT DIGITAL (en www.afip.gob.ar) y el de OBTENCION O BLANQUEO DE CLAVE FISCAL on line (app miafip)

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