CPCE Jujuy

Las tasas de interes bajaron pero la sociedad sigue alejada de los creditos para el consumo
29 enero, 2009
Boletin Informativo Nro. 02 Feb/2009
3 febrero, 2009
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Caja De Seguridad

AFIP aclara que solo un juez puede autorizar la apertura de las cajas de seguridad.


Los agentes fiscales intervinientes en juicios de ejecucion judicial de deudas no podran embargar cajas de seguridad sin solicitar la orden de un juez, aclaro la Administracion Federal de Ingresos Publicos (AFIP).

Mediante la Disposicion 33/09 publicada hoy en el Boletin Oficial, se establecio que los agentes fiscales intervinientes en juicios de ejecucion judicial de deudas por impuestos, recursos de la seguridad social, tributos aduaneros y otras cargas cuyo cobro coactivo se encuentre a cargo de la AFIP «se abstendran de disponer y comunicar por si ordenes de embargo que tengan por objeto cajas de seguridad».

«En aquellos supuestos en que -con el fin de asegurar el cobro de la deuda reclamada- resulte necesario proceder al embargo de dichas cajas de seguridad, los agentes fiscales deberan solicitarlo fundadamente al juez ante el cual se tramite la respectiva ejecucion fiscal», aclaro la normativa.

De este modo, se apunta «a optimizar la legalidad de la gestion de cobro coactivo», se

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