CPCE Jujuy

INFORME DE COYUNTURA – ABRIL 2024
26 abril, 2024
4° REUNIÓN DE LA COMISIÓN DE JOVENES PROFESIONALES
29 abril, 2024
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COMISIÓN DE ASUNTOS LABORAL: NOVEDADES LABORALES 26-04-2024

NOVEDADES LABORALES 26/04/2024

HOMOLOGACIÓN ACUERDO SALARIAL CCT CAMIONEROS.

La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo homologó el 19/04/2024 el acuerdo salarial reformulado acordado por la Federación de Trabajadores Camioneros (por el sector sindical) y la Federación Argentina de Entidades de Transporte y Logística (por el sector empresarial) que establece:

  • MARZO 2024: las partes acuerdan otorgar un incremento del 15% sobre el haber del mes de febrero más una suma del 10%, en concepto de recomposición salarial del mes de diciembre de 2023.
  • ABRIL 2024:  se acuerda un incremento del 9% sobre el haber de marzo de 2024 más una suma del 7% en concepto de recomposición diferencias 2023.

ACTUALIZACIÓN BASES IMPONIBLES MAYO 2024

La ANSES a través de la Resolución 97/2024, estableció los topes mínimo y máximo de la remuneración imponible a fin de determinar los aportes a la Seguridad Social con vigencia desde el periodo devengado mayo 2024.

  • Base Imponible Mínima:    $ 64.039,66
  • Base Imponible Máxima: $2.081.258,67

Recordemos que dichas bases tienen incidencia al momento de presentar el Libro Sueldo Digital AFIP:  Remuneración Imponible 1; 4 y 5.

Además, se establecieron los montos mínimo y máximo de los haberes mensuales de las prestaciones pertenecientes al SIPA, con vigencia a partir de mayo de 2024.

  • Haber mínimo garantizado: $190.141,60
  • Haber máximo: $1.279.472,92
  • Prestación Básica Universal (PBU): $86.981,11
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $152.113,28

ACTUALIZACIÓN MONTO FIJO A.R.T FFEP.

La Disposición 04/2024  DI-2024-4-APN-GCP#SRT de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), establece en $615 la suma fija a abonar por cada trabajador con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) a declararse en el F.931 periodo Abril 2024.

RG AFIP 5506/2024 EMPLEADORES- LIBRE DE DEUDA PREVISIONAL.

El artículo 12 de la Ley N 14.499 estableció la obligación por parte de los bancos de requerir a los empleadores, previo al otorgamiento de un crédito, constancia de que no poseen incumplimientos e inexistencia de deuda líquida y exigible por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

Mediante la Resolución General N.º 4.128-E/2017 la AFIP aprobó un servicio con “Clave Fiscal” denominado “Consulta para Entidades Financieras de Deudores Previsionales” con el fin de simplificar el trámite para los bancos de verificar la regularización de las obligaciones previsionales por parte de los empleadores.

El 24-04-2024 mediante la RG 5506 AFIP deroga la RG N.º 4.128-E/2017 y por lo tanto elimina la obligación que tenían los bancos de exigir a los empleadores el libre de deuda previsional, antes de otorgar un crédito.

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