NOVEDADES ADMINISTRACION Y CONTABILIDAD
9 septiembre, 2009RESOLUCIoN CONJUNTA (Sec. Hacienda – Sec. Finanzas) 216-57/2009
10 septiembre, 2009La nueva jubilacion minima profundiza el freno a un alivio en Ganancias
Al elevar el haber minimo garantizado a $827,23 mensuales no se podra deducir en el impuesto a padres, suegros y abuelos que perciban el beneficio
El nuevo haber minimo jubilatorio establecido en $827,23 mensuales profundiza la traba de un alivio en el Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relacion de dependencia.
Puntualmente, el monto anualizado continua superando el ingreso maximo anual permitido de $9.000 que permite la deduccion de los familiares a cargo de los empleados. En particular, se hace referencia a padres, suegros y abuelos.
Por lo tanto, ante este nuevo panorama, a partir de marzo los empleadores no podran descontar el monto en concepto de padres, suegros o abuelos para el calculo de la retencion de Ganancias que afecta a los sueldos.
Ademas de evaluar los ingresos anuales, se deben tenen en cuenta los siguientes requisitos:
- Que sean residentes del pais.
- Que se encuentren a cargo del contribuyente y la deduccion la realiza el familiar mas cercano.
En este ultimo caso la excepcion de los hijos y los padres que pueden ser deducidos por ambos padres e hijos respectivamente.