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AFIP: Novedades 27/08
28 agosto, 2021
AFIP: Crédito a Tasa Cero 2021
2 septiembre, 2021
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Novedades Impositivas al 01/09/2021

RG AFIP N° 5052/2021 Prorroga hasta el 30/11/2021 la suspensión de iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para las micro y pequeñas empresas, y los sujetos que desarrollen actividades económicas consignadas como sectores críticos.

Asimismo, se suspende hasta la misma fecha la traba de embargos en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, y la intervención judicial de caja para el resto de los contribuyentes.

Las presentes suspensiones no son aplicables para los montos reclamados en concepto del aporte solidario y extraordinario, así como del impuesto sobre los bienes personales. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005052_2021_08_24

RG AFIP N° 5053/2021 Exportaciones. Declaración Jurada de Venta al Exterior. Modificación del procedimiento para las destinaciones definitivas de exportación para consumo. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005053_2021_08_24

RG AFIP N° 5054/2021 Exportaciones. Valores referenciales. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005054_2021_08_24

RG AFIP N° 5055/2021 Extiende hasta el 30/11/2021 la utilización excepcional obligatoria del servicio denominado “Presentaciones Digitales” para la realización de determinados trámites y gestiones, y la eximición de registrar datos biométricos ante las dependencias por parte de los contribuyentes, a fin de realizar transacciones digitales que tengan dicha registración como requisito. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005055_2021_08_25

RG AFIP N° 5056/2021 Extiende al 1 de diciembre de 2021 la suspensión de las bajas de oficio, no realizando hasta dicha fecha los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin.

Se suspenden transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de agosto a noviembre de 2021 como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005056_2021_08_26

RG AFIP N° 5057/2021 Prorroga al 30/11/2021 la vigencia transitoria del régimen de facilidades de pago permanente en relación con los mayores beneficios correspondientes a la

cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicable, y hasta dicha fecha se extiende a 36 la cantidad de cuotas que pueden solicitarse por deudas provenientes de ajustes de fiscalización. Para los sujetos que desarrollen actividades afectadas en forma crítica, no será tenido en cuenta el tope al monto máximo de las cuotas que tiene relación con el promedio de ingresos del contribuyente de los últimos 12 meses. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005057_2021_08_26

RG AFIP N° 5058/2021 AFIP establece el mecanismo para solicitar el “Crédito a tasa cero 2021”.La solicitud se deberá realizar hasta el 31/12/2021 a través del servicio web de AFIP “Crédito a tasa cero”.El contribuyente deberá informar una dirección de correo electrónico de contacto.Cuando no resulte procedente el crédito, el sistema indicará los motivos por los cuales se le deniega la solicitud. El contribuyente tiene tiempo hasta el 20/1/2022 para terminar con la solicitud del crédito ante la entidad bancaria. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005058_2021_08_26

RG AFIP N° 5059/2021 Se establecen adecuaciones en la reglamentación de la AFIP para acceder a los beneficios impositivos del Régimen de Desarrollo y Producción de laBiotecnología moderna en el contexto de las modificaciones que estableció el D.289/2021. El citado decreto dispuso que la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias se podrá realizar en una sola cuota y reglamentó el beneficio de conversión en Bono de Crédito Fiscal del cincuenta por ciento (50%) de los gastos destinados a las contrataciones de servicios de investigación y desarrollo con instituciones pertinentes del sistema nacional de ciencia, tecnología e innovación. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005059_2021_08_26

RG AFIP N° 5060/2021 Se adecua el régimen de retención de dividendos y utilidades manteniendo la alícuota al 7% en todos los casos. El citado régimen es aplicable a los dividendos y utilidades puestos a disposición de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y de los beneficiarios del exterior. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005060_2021_08_26

RG AFIP N° 5061/2021 Se establecen modificaciones en el procedimiento para la habilitación de los medios de transporte navales que sean proveedores de combustible. Se readecua el procedimiento informático de la declaración BARA “Buque abastecedor de combustible para rancho de otras embarcaciones (nacionales o extranjeras)” en el Sistema Informático MALVINA (SIM).Las presentes disposiciones resultan de aplicación de acuerdo con un cronograma de implementación que se publicará en la página web de la AFIP en “Medios de transporte de proveedores de combustible”. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005061_2021_08_27

RG AFIP N° 5062/2021 Delimitación y habilitación de la Zona Primaria Aduanera Pocito, en jurisdicción de la División Aduana de San Juan. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01005062_2021_08_30

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