CPCE Jujuy

Nota a AFIP – Ref.: Impuesto a las Ganancias – Personas Jurídicas
13 abril, 2022
Informe de Coyuntura – Abril 2022
16 abril, 2022
Nota a AFIP – Ref.: Impuesto a las Ganancias – Personas Jurídicas
13 abril, 2022
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Novedades impositivas al 13/04/2022

FRESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1618/2022: Se establecen modificaciones a los regímenes de retención y percepción, generales y particulares, del impuesto sobre los ingresos brutos en la Provincia de Jujuy. Entre las principales adecuaciones, destacamos las siguientes:

o Se incrementa de $3000 a $ 5000 el monto mínimo sujeto a retención, no aplicable a regímenes particulares.

o Se actualizan las alícuotas del nomenclador de regímenes particulares y alícuotas especiales –arts. 82 y 114, RG (DPR Jujuy) 1510/2018-

o Se establece que los regímenes referidos a retenciones en operaciones con tarjetas de crédito quedarán regidos por el Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” -RG (CA) 2/2019 -. RG (DPR Jujuy) 1579/2020.

Por último, destacamos que las presentes modificaciones son aplicables a partir del 01/05/2022.

· RESOLUCIÓN GENERAL (CA) 4/2022: Se establece que a partir del 01/5/2022, para acceder al Sistema de Recaudación y Control de Acreditaciones Bancarias “SIRCREB”, los agentes se identificarán mediante la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgada por la AFIP, las cuales serán autenticadas por dicho Organismo en cada oportunidad que se ingrese al mismo. Señalamos que, para operar por primera vez, los agentes de recaudación deberán incorporar una nueva relación en el servicio “Comisión Arbitral – SIRCREB”, opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal” dentro de la página web de AFIP.

· SIRADIG (TRABAJADORES): Este miércoles 13 de abril vence el plazo para presentar el formulario web en el que se vuelcan las deducciones para pagar menos Impuesto a las Ganancias a los trabajadores en relación de dependencia.

· RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5165/2022: La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso un plazo hasta el 13 de abril para tramitar la devolución del 35% del Impuesto a las Ganancias que se paga al comprar dólar ahorro, así como aquellos gastos que se realizaron en moneda extranjera mediante tarjeta de crédito y débito.

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