CPCE Jujuy

Balance Negativo de 4 años en la Gestión Tributaria en Jujuy
14 febrero, 2020
Feriado de Carnaval
20 febrero, 2020
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Novedades Impositivas al 19/02/2020

RG AFIP 4673 Bienes personales. Se establece un pago a cuenta para el período 2019 y 2020 por los bienes en el exterior. Establece un pago a cuenta del impuesto sobre los bienes personales correspondientes a los períodos 2019 y 2020, que deberá ser ingresado por los contribuyentes alcanzados por el impuesto que sean titulares de bienes en el exterior en los períodos 2018 y 2019 respectivamente. El mismo tiene el carácter de impuesto ingresado y se computará en la declaración jurada del período correspondiente. El importe del pago a cuenta a ingresar se determinará sobre la base de los bienes en el exterior sujetos a impuesto en el período anterior, aplicando al “total de bienes en el exterior sujeto a impuesto” declarado en los períodos 2018 y 2019 una alícuota de entre el 0,10% y el 0,50%, según el valor de los bienes declarados oportunamente. Se podrá solicitar la eximición del presente pago a cuenta cuando se hubiera ejercido la opción de repatriación de los activos financieros o declaren que no son titulares de bienes sujetos a impuesto en el exterior al 31/12/2019 o al 31/12/2020. La solicitud de eximición se deberá presentar con clave fiscal a través del servicio de Cuentas Tributarias, seleccionando la transacción “Eximición pago a cuenta”, indicando con carácter de declaración jurada los motivos. La misma podrá presentarse en las mismas fechas previstas para el ingreso del pago a cuenta. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004673_2020_02_06

· RG AFIP 4675 Impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias y otras operatorias. Impuesto PAIS. Se adelanta al 26/02/2020 el vencimiento del ingreso de las percepciones que se practiquen entre los días 16 y 22 de febrero. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004675_2020_02_12

RG AFIP 4676 Impuesto al valor agregado. Reintegro por compras con tarjetas de débito para jubilados, pensionados y beneficiarios de asignación universal por hijo. El reintegro será del 15% del monto total de la compra, con un tope de $700 mensuales. El mismo será acreditado por las entidades financieras en las cuentas de los beneficiarios dentro de las 24 horas hábiles de efectuada la operación de compra. El presente régimen se aplicará para las operaciones efectuadas entre el 1/3/2020 y el 31/8/2020. http://biblioteca.afip.gob.ar/dcp/REAG01004676_2020_02_17

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