CPCE Jujuy

AFIP: Novedades 21/01
27 enero, 2022
Novedades Impositivas al 02/02/2022
3 febrero, 2022
AFIP: Novedades 21/01
27 enero, 2022
Novedades Impositivas al 02/02/2022
3 febrero, 2022

Novedades Impositivas al 26/01/2022

Resolución General (DPR Jujuy) 1608/2022: Se modifican las alícuotas que deberán aplicarse para la recaudación sobre acreditaciones bancarias del impuesto sobre los ingresos brutos a los contribuyentes comprendidos en convenio multilateral – RG (DPR Jujuy) 1602/2021. Asimismo, se excluyen del régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias -SIRCREB- a las acreditaciones efectuadas como consecuencia de la devolución de impuestos ordenadas por las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

· Resolución General (DPR Jujuy) 1610/2022: En virtud de la reciente aprobación de la ley impositiva provincial para el período fiscal 2022 -L. (Jujuy) 6257-, se aprueba el nomenclador de actividades económicas del impuesto sobre los ingresos brutos de la Provincia de Jujuy -NAEju-, con sus correspondientes alícuotas, que deberán aplicar los contribuyentes locales del impuesto, para la determinación y liquidación del tributo a partir de enero de 2022 -Tabla II-. También, se aprueba la correspondencia entre el Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación -NAES- y las alícuotas del Impuesto sobre los ingresos brutos para contribuyentes del régimen de Convenio aplicables a partir de enero de 2.022

· Monotributo – Recategorización: Si bien el plazo previsto para el mismo se encuentra vencido, se pone a disposición consulta realizada ante AFIP:

o ID 26144796 ¿Es posible realizar una modificación en la categoría del monotributo más allá del período previsto para la recategorización semestral?

El régimen simplificado para pequeños contribuyentes contempla la posibilidad de realizar modificaciones de datos y elevar la categoría durante todo el año, más allá de las sanciones que correspondan por la falta de recategorización semestral. Dichas modificaciones tendrán efectos desde el mes en curso o el siguiente, a través del Portal Monotributo, opción “Modificar datos del monotributo”. Allí se deberá completar la información requerida para que el sistema determine la nueva categoría. En caso de solicitar una modificación de datos o un aumento de categoría con efectos desde un mes anterior al actual, se deberá realizar una presentación digital. También deberá realizarse una presentación digital cuando se solicite una baja de categoría en un período distinto al de la recategorización.

Fuente: https://www.afip.gob.ar/genericos/guiavirtual/consultas_detalle.aspx?id=26144796

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