CPCE Jujuy

Lanzamiento Crédito Fiscal 2022
7 septiembre, 2022
Ley de Honorarios para los Peritos Judiciales
10 septiembre, 2022
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Novedades laborales al 08/09/2022

  1. 1.               Asignaciones Familiares: Refuerzo

El poder ejecutivo nacional, por medio del Decreto 578/2022 (B.O. 07/09/2022), estableció el pago de un refuerzo mensual de las asignaciones familiares, destinados a:

a)         Trabajadores en relación de dependencia;

b)        Titulares de prestaciones por desempleo previstas por las leyes 24.013 (Ley Nacional de Empleo); 25.191 (Trabajo Agrario) y, 25.371 (Industria de la Construcción);

c)         Titulares comprendidas en el artículo 1° del Decreto N° 592/16.

Los sujetos mencionados con anterioridad, para acceder al beneficio, deben haber obtenido ingresos familiares no superiores al primer rango estipulado por la Resolución ANSES Nº 202/22, la cual asciende, al momento de la presente novedad, a pesos 131.208.

El presente beneficio consistirá en una suma no remunerativa, fija, pagaderas en los meses de septiembre, octubre y noviembre del año 2.022, esto es, hasta alcanzar la suma de veinte mil (20.000) pesos, incluido el Valor General de la Asignación por Hijo e Hija correspondiente al primer rango de ingresos fijado por la Resolución ANSES N° 202/22 y el Complemento Mensual de Asignaciones Familiares establecido en el inciso a) del artículo 4° del Decreto N° 719/21.

Señala el art. 4° del decreto mencionado ut supra que se abonará “…a las personas titulares que hayan percibido en el mes de septiembre de 2022 las Asignaciones por Hijo e Hija y/o Hijo o Hija con Discapacidad correspondientes al mes de julio de 2022; en el mes de octubre de 2022 las correspondientes al mes de agosto de 2022 y en el mes de noviembre de 2022 las correspondientes al mes de septiembre de 2022; y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.”.

  • Potenciar Trabajo: Procedimiento De Verificación De Corresponsabilidades De Los Titulares

El Ministerio de Desarrollo Social expidió la Resolución (MDS) 1505/2022 (B.O. 02/09/2022) en el cual se aprobó el procedimiento de verificación de corresponsabilidades para aquellos titulares del programa Potenciar Trabajo.

La mencionada resolución tiene por objetivo la obtención de información por medio de un relevamiento de carácter personal y obligatorio, en forma paulatina y por etapas.

El procedimiento será informado por el mismo Ministerio de Desarrollo Social de la Nación a los titulares del potenciar trabajo, así como a las Unidades de Gestión/Unidad de Certificación. Se deberá presentar el D.N.I. en los horarios y fechas que dicho organismo disponga.

Aquellos que cumplimenten con la entrevista:

a)         Seguirán percibiendo el Salario Social Complementario y;

b)        Seguirán vinculados con una Unidad de Gestión o de Certificación determinada o, en caso de corresponder, ser asignados a alguno de ellos.

Los que no cumplan con la entrevista, señala el anexo de la presente resolución:

a)         Se les descontará el 50% del salario social complementario;

b)        Se les volverá a convocar para cumplimentar la entrevista;

Por último, ante la persistencia en el incumplimiento, agotado el segundo llamado, se procederá a la suspensión de la percepción del Salario Social Complementario y se dispondrá su egreso del Programa.

  • Industria de la Construcción: Incremento Salarial

3. 1 REF. ACUERDO SALARIAL de fecha 04 de mayo de 2022 aplicable C.C.T. Nro 76/75 y Nro 577/10, Homologado por RESOL-2022-889-APN-ST#MT del 09 de mayo 2022.

Se recuerda del acuerdo salarial, escala a aplicar en periodo septiembre 2022:

  • Aumento a partir del mes de Setiembre de 2022 del 36% (treinta y seis por ciento) que se aplicará sobre los salarios básicos vigentes al 31 de Marzo 2022.

3. 2 Salarios básicos con vigencia a partir del 1º de septiembre de 2022 CCT 76/75.



ZONA «A»ZONA «B»ZONA «C»ZONA «C-Austral» 
Salario BásicoSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotal
MesCategoría
Sep-22Oficial Especial572572636355723068795725721144
Oficial48848854542488333821488488975
Medio Oficial45045049498450340790450450899
Ayudante41341347460413352765413413826
Sereno748907489085418343474890503101252067489074890149787

3. 3 Salarios básicos con vigencia a partir del 1º de septiembre 2022 CCT 577/10

  CANALIZACION 
 
Categoría ZONA «A»ZONA «B»ZONA «C»ZONA «C-Austral»
 Salario BásicoSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotal
 
 
Oficial Especial 629629696986293409686296291258
Oficial 511511565675113488595115111023
Medio Oficial 45845850508458348806458458916
Ayudante 41141145457411350761411411823
 
 
 LINEAS E INSTALACION
 
Categoría ZONA «A»ZONA «B»ZONA «C»ZONA «C-Austral»
 Salario BásicoSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotal
 
 
Oficial Especial 646646717166463499946466461291
Oficial 523523575815233568805235231047
Medio Oficial 46246251513462351813462462925
Ayudante 42342347469423359782423423845
 
EMPALME 
 
Categoría ZONA «A»ZONA «B»ZONA «C»ZONA «C-Austral»
 Salario BásicoSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotalSalario BásicoAdicional Zona DesfavorableTotal
 
 
Oficial Especial 6646647373766435910236646641328
Oficial 539539595995393679075395391079
Medi o Oficial 48348353536483367850483483965
Ayudante 43643648484436370806436436872
  • Jurisprudencia

4. 1 Abandono de trabajo – Intimación previa al trabajador – Copias ilegibles – Despido injustificado:

La CD a través de la cual los demandados intimaron a la actora para que se presentase a trabajar y acreditase inasistencias bajo apercibimiento de considerarla incursa en abandono de trabajo fue expresamente desconocida por la demandante. Si bien la empresa de correos indicó que la CD referida resultaba ilegible, lo cierto es que los demandados no acreditaron la legitimidad de aquella. Se confirma la sentencia de grado en cuanto concluyó que la relación laboral quedó resuelta por un invocado abandono de trabajo que careció de justa causa. (“Rodríguez, Marina Soledad c/ Binay, Alejandro Omar y otro s. Despido”; CNTrab. Sala II; 06/09/2022; Rubinzal Online; RC J 5230/22.).

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