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La AFIP puso en marcha el registro de claves bancarias uniformes

La nueva base de datos le permitira al organismo conducido por Ricardo Echegaray, controlar de cerca las transferencias de creditos fiscales que se lleven adelante entre acreedores y deudores del fisco. Conozca el nuevo esquema y sepa como evitar que sea dada de baja la CBU ya declaradaA fin de facilitar la tarea de empresas y particulares, la Administracion Federal de Ingresos Publicos (AFIP) puso en marcha el registro de claves bancarias uniformes (CBU).

Complementariamente, el nuevo archivo le permitira al organismo conducido por Ricardo Echegaray controlar de cerca las transferencias de creditos fiscales que se lleven adelante entre acreedores y deudores del fisco.

La nueva obligacion se dio a conocer a traves de la resolucion general 2675 publicada en el Boletin Oficial.

«La AFIP creo el registro de claves bancarias uniformes que deben ser informadas por los contribuyentes y cesionarios de creditos a los efectos de poder percibir en la cuenta declarada los pagos que deba realizar el fisco en concepto de devoluciones, reintegros, reembolsos y demas regimenes de restitucion de fondos a contribuyentes, responsables y administrados los que se efectuaran mediante transferencia bancaria a traves del Banco de la Nacion Argentina», explico Mario Volman, desde Kaplan, Volman & Asociados.

En tanto, Marcelo Dominguez, coordinador Tecnico de la Comision Tributaria de la Federacion Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Economicas (Facpce), destaco que a traves de la nueva norma «se extiende el procedimiento de cancelacion a traves de transferencia bancaria a los pagos a cesionarios que resulten destinatarios de creditos cedidos conforme al Codigo Civil, por parte de los contribuyentes y administrados acreedores originarios de los fondos a restituir».

«Esto agregado posibilitara el control fiscal sistematico por parte de la AFIP, de las transferencias de creditos fiscales que se realicen entre los sujetos acreedores y deudores del fisco», agrego Dominguez.

Asimismo, el tributarista advirtio sobre un aspecto operativo importante a tener en cuenta: «Los contribuyentes, responsables, administrados y cesionarios que ya hubieran informado su CBU a la AFIP, deberan ratificar la misma hasta el 21 de octubre proximo».

«A partir del dia siguiente a la mencionada fecha, sera dada de baja a los fines de la restitucion de fondos la CBU de los sujetos que no hayan cumplido con la ratificacion de la misma», concluyo Dominguez.

El nuevo registro, bajo la lupa
Analizada la nueva resolucion, Volman aseguro que «es bienvenido todo mecanismo que signifique transparentar los pagos que por distintos conceptos debe realizar el Estado nacional y busque eliminar maniobras fraudulentas».

En igual sentido, desde el Departamento de Consultoria Tributaria del Estudio Harteneck – Quian – Teresa Gomez & Asociados, Teresa Gomez, describio el alivio mutuo al que se llega mediante la resolucion 2675: «A los contribuyentes les permitira unificar los pagos mediante transferencia bancaria en la cuenta declarada en el registro; y a la AFIP les posibilitara tener un CBU seguro para imponer los embargos».

Si bien destaco las bondades del nuevo registro, Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre, advirtio que «este mecanismo en nada altera las demoras en los procedimientos internos del organismo fiscal para conceder las restituciones que corresponden a los contribuyentes».

«Dichas demoras, muchas veces motivadas por restricciones de Tesoreria, continuaran siendo producidas como hasta el presente», concluyo Scalone.

Hernan Gilardo

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