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29 octubre, 2009
LaborNet N
30 octubre, 2009
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La Legislatura elimino desregulacion de honorarios profesionales

Diputado Hugo Insausti (PJ): fue miembro informante.
Aseguran que la medida no implicara aumentos en el valor de las prestaciones que deben pagar los usuarios.
Con el voto del PJ, el Radicalismo y el Frente Primero Jujuy, la Legislatura sanciono este jueves la Ley 5619 que reestablece el caracter de orden publico en materia de aranceles, escalas o tarifas sobre honorarios, comisiones o cualquier otra forma de retribucion de servicios de abogados, procuradores, escribanos, contadores, licenciados en Economia, graduados en Ciencias Economicas, actuario y licenciado en Administracion, ademas de agrimensores, ingenieros, arquitectos, martilleros, tecnicos y psicologos.
La norma prohibe asimismo «toda forma directa e indirecta de cobro centralizado de las retribuciones a traves de entidades publicas o privadas, salvo que surjan del mandato voluntariamente otorgado por sus asociados a los colegios profesionales, entidades gremiales o que tengan entre sus finalidades dicho objeto».
Ademas se aclara que las disposiciones «no afectaran el cobro de la matricula, cuotas sociales u otros conceptos analogos que perciban las organizaciones de profesionales de sus asociados para financiar su funcionamiento siempre que hayan sido por asamblea de asociados, como tampoco el cobro o descuento obligatorio de aportes o contribuciones previsionales o de la seguridad social establecidos por ley».
Se establece en otro articulo que los colegios y entidades alcanzadas por la norma deberan exhibir obligatoriamente en lugar visible de sus instituciones las normas arancelarias que resulten aplicables en sus respectivos ambitos de actuacion.
La ley hace marcha atras en la desregulacion de los honorarios de estos profesionales instituida durante el gobierno del ex presidente Carlos Menem. Ahora, seran los colegios y consejos profesionales los que sugieran los honorarios que deben pagar los usuarios y que antes se podian pactar libremente entre las partes.

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